jueves, 23 de noviembre de 2017

actividad # 5 

leyes financieras 

NORMATIVIDAD APLICABLE

La Constitución Nacional consagra, en su artículo 335, que la actividad financiera, bursátil y aseguradora, en la medida en que implica el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos de captación, es una actividad de interés público; por ello, se señala que esta actividad solamente puede ser ejercida con previa autorización del Estado, según lo establezca la ley. Asimismo, establece que el Gobierno Nacional, al intervenir en esta actividad, debe promover la democratización del crédito.
La propia Constitución Política indica cómo se reparten las competencias entre las distintas autoridades que expiden normatividad para el ejercicio de esta actividad. Así, se dispone que el Congreso de la República tiene facultades para expedir leyes marco que regulen la actividad financiera, bursátil y aseguradora; asimismo, para regular el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos captados del público (art. 150, n. 19, lit. d). 1
Una vez expedidas las correspondientes leyes marco, el Gobierno Nacional procede a la expedición de decretos, mediante los cuales ejerce la intervención en dicha actividad financiera (art. 335). Estos decretos no pueden desconocer lo dispuesto en las leyes marco respectivas y tienen un ámbito más amplio que los decretos ordinarios, expedidos por el Gobierno en desarrollo de su potestad reglamentaria general. 2
La Carta Política establece que el Gobierno Nacional ejerce la inspección, vigilancia y control sobre las personas que desarrollan la actividad financiera (art. 189, n. 24); esta función la ejerce a través de la Superintendencia Financiera, organismo técnico con autonomía financiera y administrativa, que expide normas de carácter general, contenidas en resoluciones y circulares, con el objeto de instruir a las entidades sobre cómo deben ejercer su actividad.
Por su parte, la Junta Directiva del Banco de la República es la máxima autoridad monetaria, cambiaria y crediticia que, con sujeción a las leyes marco que expide el Congreso (art. 150, n.22), profiere resoluciones y cartas circulares sobre el tema. Estas normas también tienen un carácter especial y su rango es similar al de la Ley.
En resumen, la normatividad aplicable al sector financiero está organizada jerárquicamente así: en primer lugar, en la Constitución Política de Colombia; en segundo lugar, las leyes marco expedidas por el Congreso de la República, las leyes ordinarias, las resoluciones y cartas circulares que expide el Banco de la República en desarrollo de sus funciones, y los decretos con fuerza de ley que expide el Gobierno con base en facultades extraordinarias, como el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. En el siguiente nivel se encuentran los decreto s reglamentarios que expide el Gobierno en desarrollo de las leyes marco y, finalmente, las circulares y resoluciones que expide la Superintendencia Financiera en ejercicio de su actividad de inspección y vigilancia.
  1. Las leyes marco son aquellas mediante las cuales se dictan los objetivos y criterios a los cuales debe someterse el Gobierno para el desarrollo de estas materias.
  2. Los decretos que expide el presidente en desarrollo de las leyes marco previstas en el artículo 150, numeral 19, no gozan, (…) de fuerza material de ley. Ellos tienen por límite el texto de la correspondiente ley general, que fija pautas y criterios al ejecutivo, y no pueden modificarla ni cambiar las reglas que establece. Son decretos típicamente administrativos, y más exactamente reglamentarios, aunque con un ámbito más amplio que el señalado en la Constitución para los decretos expedidos en desarrollo del artículo 189, numeral 11, de la Constitución”. Corte Constitucional. Sentencia C – 608 de 1999. M.P. José Gregorio Hernández Galindo.
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PRINCIPALES LEYES APLICABLES

LEY 45 DE 1990:

“Por la cual se expiden normas en materia de intermediación financiera, se regula la actividad aseguradora, se conceden unas facultades y se dictan otras disposiciones”.
Es una de las reformas estructurales más importantes del sistema financiero colombiano. Estuvo orientada hacia la liberalización de los mercados y la internacionalización de la economía, y dio paso a la estructura de la multibanca dentro del modelo de matrices y filiales. Mediante ésta se autorizó la participación de los establecimientos de crédito en la propiedad de entidades orientadas a la gestión de portafolios, actividades fiduciarias, la administración de pensiones y cesantías, y la venta de seguros y corretaje. Otro de sus aportes fue la autorización al Ejecutivo para expedir el primer Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el cual estaba contenido en el Decreto Ley 1730 de 1991.
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CONTENIDO DE LA LEY

Normas relativas a las instituciones financieras: filiales de servicios y ope raciones novedosas; reglas relativas a la organización, integración, escisión y liquidación de instituciones financieras; inspección, control y vigilancia; revisoría fiscal y estatuto orgánico y disposiciones complementarias.
De la actividad aseguradora: disposiciones generales; condiciones de acceso a la actividad aseguradora; condiciones para el ejercicio de la actividad aseguradora; revocación o suspensión del certificado de autorización; disolución y seguros oficiales.
Transparencia de las operaciones: intereses, de la competencia y la información, protección de tomadores y asegurados y disposiciones finales.

LEY 35 DE 1993

“Por la cual se dictan normas generales y se señalan en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades financiera, bursátil y aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público y se dictan otras disposiciones en materia financiera y aseguradora”.
Mediante esta ley se reguló la intervención, inspección, vigilancia y control del Gobierno Nacional en las actividades financiera, bursátil y aseguradora. Igualmente, se estableció el procedimiento de venta de acciones del Estado en instituciones financieras y entidades aseguradoras. En desarrollo de las facultades que esta ley otorgó al Gobierno Nacional para la actualización de la normatividad financiera, se expidió el Decreto 663 de 1993, actual Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

LEY 510 DE 1999:

“Por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistema financiero y asegurador, el mercado público de valores, las Superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades”.
Esta ley, publicada el 4 de agosto de 1999, constituyó una reforma al sistema financiero, que incluyó la modificación del régimen de toma de posesión y de los requisitos para la creación de instituciones financieras. Además, estableció un nuevo sistema de crédito a largo plazo para vivienda.
De manera concreta, esta ley reformó el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero en las siguientes materias: Condiciones de ingreso al Sistema Financiero, facultades de intervención del Gobierno Nacional, régimen de inversiones de capital, régimen de los establecimientos bancarios, régimen de las corporaciones financieras, régimen de las corporaciones de ahorro y vivienda, régimen de las compañías de financiamiento comercial, medidas cautelares y toma de posesión, Fondo de Garantías de Instituciones Financieras y seguro de depósito, Superintendencia Bancaria, disposiciones relativas al mercado de valores, régimen del Banco Cafetero y financiación de vivienda a largo plazo.
Esta ley ha sido modificada y parcialmente derogada por las Leyes 676 de 2001, 964 de 2005 y por el artículo 54 del Decreto 775 de 2005.

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MARCO JURÍDICO DEL SECTOR FINANCIERO COLOMBIANO

El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero establece la siguiente estructura general del sector financiero y asegurador.
Divide las entidades que lo integran en las siguientes categorías:
  1. Establecimientos de crédito.
  2. Sociedades de servicios financieros.
  3. Sociedades de capitalización.
  4. Entidades con régimen especial.
  5. Entidades aseguradoras.
  6. Intermediarios de seguros y reaseguros.
  7. Sociedades de servicios técnicos y administrativos.
La propia ley define las actividades que pueden o no realizar estas entidades. Por esta razón, las entidades financieras que conforman el sector financiero y asegurador en Colombia tienen un objeto social reglado, es decir, que está limitado por la ley.

ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO

Son aquellos que tienen como función principal la intermediación, es decir, la captación de recursos del público en moneda legal, a través de depósitos a la vista o a término, para su posterior colocación mediante préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito. Las siguientes son las entidades que se consideran establecimientos de crédito:
  • Establecimientos bancarios: Su función principal es la captación de recursos en cuenta corriente, bancaria o en otros depósitos a la vista o a término, con el fin de realizar operaciones activas de crédito.
  • Corporaciones de ahorro y vivienda: Aunque, como desarrollo de la disposición contenida en la Ley 546 de 1999, las corporaciones de ahorro y vivienda se convirtieron en bancos comerciales, en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero se conserva su definición: Inst ituciones que tenían como función principal la captación de recursos para realizar operaciones activas de crédito hipotecario de largo plazo.
  • Corporaciones financieras: Su función principal es la captación de recursos a término, a través de depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar operaciones activas de crédito y efectuar inversiones; esto con el objeto primordial de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas en el sector real de la economía.
  • Compañías de financiamiento: Su función principal es captar recursos a término, con el objeto de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasing. Esto implica que la captación de recursos que efectúan se utiliza para la satisfacción de la demanda de créditos de consumo.
  • Cooperativas financieras: Organismos cooperativos especializados cuya función principal consiste en la intermediación; sin embargo, por tener una naturaleza jurídica distinta, su 

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si quieres conocer mas acerca del tema te invito a que veas los siguientes vídeos

https://youtu.be/s-FkbfehbAM

https://youtu.be/-sQ0dDx_lZo
https://youtu.be/4rQtxQH5E7I
actividad # 4 lectura 2

COMENTARIOS NEGATIVOS EN LAS REDES SOCIALES

Claves para contestar comentarios negativos
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Identifica de dónde viene el comentario negativo


1. Usuario con insatisfacción que brinda soluciones
Es usuario brindara la solución al problema ya que no quiere dañar la imagen del negocio.
2. Usuario agresivo
Este usuario pese a la solución que le des estar insatisfecho y querrá escribir paso a paso su experiencia de forma altanera.
3Usuario de la competencia o trolls
Este usuario si busca acabar con tu negocio ya que sus comentarios estarán dirigidos para atacare y dañar tu reputación.

Como responder a estos comentaios


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     1     Lo más importante es que respondas a todos, absolutamente a todos
a todos se les bevera resondr sin importar que los comentarios se an negativos, todos merecen una explicación.
2                 2 no te compliques, en la sencillez está la clave
No intestes expresarte con un idioma técnico, hazlo con una publico y que pueda darse a entender lo que quieres.
3                3 sé respetuoso, no te amargues la vida
No entre sen discucuion con el usuario del comentario negativo.  Saluda, responde y despídete.
                    4  ponte en la situación del otro usuario
La posible solución radica en si tu fueras el usuario, mira su perspectiva y entenderás el comentario.
                    5 hazle un seguimiento al usuario que comentó
Es obvio que los mensajes negativos muchas veces ayudan para mejorar y aprender, así que manda mensajes privados y mantente en contacto con él.

agradecer los comentarios de todo tipo
Todos lo comentarios malos o buenos te traerán experiencia, míralos como un aprendizaje, agradece sus comentarios

No elimines los comentarios negativos
Si los eliminas enciendes el enojo del usuario, solo lo puedes hacer si atacan feroz mente o utilizan un lenguaje inapropiado.

No respondas con mayúsculas
      Esto es tiene un significado que denota gritos, insultos, amenazas, es decir, un sentido        opuesto a brindar una solución.

     9 Dale un toque positivo al comentario
Brindale mas información al usuario orientalo en un contexto positiv

10 No permitas que tu público se afecte con ese tipo de comentarios

      No permitas que los comentarios se extiendan a tus redes, ya que existe la posibilidad de que              hayan afectados 







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acividad # 4

TACTICAS DE LOS CIBERDELINCUENTES

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Los usuarios de Facebook entre los 13 y 17 años  son objetivos de los ciberdelincuentes, que inducen a los menores a realizar actividades negativas, donde los más frecuentes son el sexting, grooming y bullying. 

Facebook
Son hombres entre los 20 y 40 años, engañan a los menores con perfiles falsos, llegando a tener más de 20 perfiles.
Por esto los padres deben verificar si la persona sube fotos recientes, si se su número telefónico, si sus datos personales están ahí y si sus hijos presentan trastornos de ansiedad o depresión

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Instagram
Estas personas se preocupan por la estética de los perfiles, buscan menores de edad en perfiles de famosos, comparten fotos de interés para los menores y así entablar conversaciones; le pide fotos al menor a cambio de dinero o videojuegos para después chantajearlo si no sigue enviando fotos.
Los padres deben poner atención a la cantidad de fotos que se toman sus hijos y si al preguntar el motivo se comporta con nerviosismo o evade el tema.

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Whatsapp
Estas personas les gusta la tecnología y rastrean os datos de los menores en el celular, actúan por las tardes o noches cuando no son vigilados los menores; se hacen pasar por personas que el niño conoce por mediantes fotos
Los padres deben estar pendientes de que los datos del menor estén bloqueados y que no suba fotos a los historiales

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Twitter

Estas personas publican links que conduce a pornografía o virus que  descarga esto sin darse cuenta;  esta es una de las redes con más usuarios falsos y más peligrosos.
Los padres deben explicarles a sus hijos el peligro y instalar una habitación en el ordenador para que este pueda ver las navegaciones.   


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actividad # 3

Benéficos y riesgos de los pagos electrónicos

Beneficios

Son más baratas. Las empresas ahorran en costos de impresión, procesamiento y correo de millones de cheques y resúmenes en papel.

Son más rápidas. Los pagos de facturas, transferencias de fondos y depósitos directos a una cuenta bancaria o tarjeta de prepago se producen el mismo día (a menudo al instante), frente al retraso por el correo.

Son convenientes. Puede elegir el pago de facturas una sola vez, con el cual primero revisa su factura y después autorizar el pago, o el pago de facturas recurrentes, con el cual sus facturas se pagan automáticamente en un momento programado
Son más seguras. Aun en estos tiempos de alta tecnología, el anticuado robo del correo sigue siendo un problema importante.
      
  • Acceso a millones de establecimientos en México y el mundo.
  • Permiten obtener los bienes o servicios de una forma inmediata o más rápida.
  • Más seguros que el uso del efectivo.
  • Control sobre las operaciones y gastos realizados.
  • Opción de obtener beneficios adicionales como pagos a meses sin intereses o promociones.
  • Comprar por Internet.
  • Utilizarla como garantía en hoteles o rentas de coche cuando viajas.
  • Establecer una relación sólida con alguna institución financiera.
  • Formar un historial crediticio.
  • Acceso a mejores productos y servicios financieros.
  • En el caso de tarjetas, se puede obtener una reposición inmediata del plástico por robo o extravío.
Para las Empresas:
  • Agilidad y eficiencia en recaudos, procesos operativos y conciliación de transacciones.
  • Actualización en línea de la información de recaudo.
  •  Seguridad en el manejo de la información y de los recursos.
  •  Reducción de costos.
  •  Débito en más de 2.000 sucursales bancarias
  •  Incremento en las ventas.
  •  Acceso a la información a través de la banca virtual empresarial.

Para sus clientes:
  • Facilidad, control y comodidad en sus compras y pagos.
  • Disponibilidad 24 horas al día, 7 días a la semana, todos los días del año.
  • Seguridad al realizar pagos desde su entidad financiera.
  • Confirmación inmediata de los pagos.
  • Ahorro de tiempo y de dinero al evitar desplazamiento y realización de filas.

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Riesgos
  • Forma de Pago
  • Aunque ha avanzado mucho el comercio electrónico, todavía no hay una transmisión de datos segura el 100%. Y esto es un problema pues nadie quiere dar sus datos de la Tarjeta de Crédito por Internet. De todos modos se ha de decir que ha mejorado mucho.
  • Desventajas para el usuario: Proceso de compra algo mas lento, y necesidad de disponer a mano nustra tarjeta de cordenadas o sistema de identificacion SMS, etc.
  • Desventajas para el comercio: Perdida de usabilidad en el proceso de compra, y no disponer la posibilidad de almacenar la tarjeta de credito del usuario. En varias ocaciones esto es necesario para devoluciones de compra, cancelaciones hoteleras, cobros domiciliados, etc
  •   Las tarjetas de marcas privadas sólo son aceptadas en los comercios o establecimientos afiliados a quien las emite
  •    Los productos de crédito normalmente generan un costo por anualidad, así como comisiones por sobregiro
  • También existe el cobro de comisiones por disposición de efectivo y por consulta de saldos en cajeros automáticos diferente al de banco emisor de tu tarjeta.
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Sugerencias para un pago electrónico seguro

 Asegúrese de que su software antivirus y antispyware estén actualizados.
• Al realizar pagos en línea, busque los símbolos de seguridad como un icono de candado en la barra de estado del navegador, una “s” después de “http” en la dirección URL, o las palabras “Secure Sockets Layer” (SSL).
• Revise los resúmenes de la tarjeta de crédito y las cuentas bancarias con regularidad e informe los pagos de facturas duplicados o cargos sospechosos/no autorizados al emisor de la tarjeta.
• Pregunte si su tarjeta de crédito o débito ofrece “cero responsabilidad”, lo que significa que usted no será responsable por compras no autorizadas o fraudulentas.
• Cree contraseñas complejas y aleatorias, y cámbielas regularmente.
• Pregunte si involucra algún cargo.
• Antes de firmar el contrato, asegúrese de entender y aceptar los términos.
• Para detener el servicio, debe notificar al comerciante, así como al banco/compañía de la tarjeta de crédito. La cancelación puede tardar un mes o dos para entrar en vigencia, así que planifique a futuro.
• Si su tarjeta de pago caduca, el comerciante necesitará la información de la nueva tarjeta para asegurar un servicio ininterrumpido.
• Haga un seguimiento cuidadoso de los gastos y mantenga su presupuesto al día.



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martes, 21 de noviembre de 2017

actividad # 2

Muhammad Yunus La historia de un banco que presta poquito dinero 

resumen 

un profesor de economía de 25 años, enseñaba en la universidad de Bangladesh con toda la emoción que podía; pero al salir del aula la realidad era otra la gente era muy pobre tanto que solo esperaban morir; así que empezó a investigar a que se debía tanta pobreza, para saber si podía ayudar en algo como ser humano; y así fue como conoció a la mujer que hacia taburetes de bambú , pero al no tener dinero para el bambú  le pedía prestado al comerciante y este aceptaba con la condion de que solo a el se los vendiera y al precio que el quisiera, y era así como ganaba 20 centavos, así que decidió ayudarla, realizo un estudio con uno de sus alumnos de la gente que necesitaba ayuda en el poblado.; eran 42 personas de las cuales el sintió vergüenza y saco 27 dolares de su bolsillo para la gante del pueblo, esto los lleno de felicidad y a el también, pero ahora que haría pensó en la sucursal bancaria del campus; hablo con el director pero este se negó a la idea del profesor ya que la gente no podría pagar el dinero.
tras varios días decidió ser el fiador para su sorpresa todas las personas a las que prestaba dinero se lo de volvían y así demostró que la gante si podía pagar; así fue como el 2 de octubre de 1983 se convirtió en un banco formal e independiente, el Grameen Bank donde muchas personas trabajan, donde prestas mucho dinero a diferentes poblados y ayudan a la gente que mas lo necesita.

¿dónde salió el dinero para ayudar a la mujer que hacía taburetes de bambú? 

R//:Para librarme de aquella vergüenza, saco el dinero de su bolsillo y se lo entregué a su estudiante. Le dijo: «Da este dinero a las cuarenta y dos personas que hemos conocido y diles que es un préstamo y que me lo pueden devolver cuando puedan. Mientras tanto, que vendan sus productos a quien se los pague bien»

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¿Qué significa solvencia?

 R//:se refiere a que son personas que no tienen con qué pagar la deuda, no tienen dinero

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¿Por qué le dijo el director del banco al Sr. Yunus que «estaba loco»? 

 R//:porque la gente era pobre y no tendrían con que pagar, además era muy poco dinero y no tenían garantía con que respaldar la deuda.

¿Cuál fue la decisión del Sr. Yunus después de dejar prestado dinero a muchos poblados?

R//: tomo la decisión de crear un banco nuevo. Esta idea lo apasionó. Redacto la propuesta y pidió la autorización al Gobierno para crear un banco. Convencer al Gobierno le llevó dos años. El 2 de octubre de 1983 se convirtió en un banco, un banco formal, independiente.
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¿Qué ha logrado el Grameen Bank? 

 R//:El Grameen Bank trabaja ahora en más de 46.000 poblados de Bangladesh y cuenta con 1.267 sucursales y más de 12.000 empleados. Ha prestado más de 4.500 millones de dólares en préstamos de 12 a 15 dólares, con una media inferior a los 200 dólares. Cada año concede cerca de 500 millones de dólares en préstamos. Incluso ofrece préstamos a mendigos para ayudarles a salir de la calle y empezar a comerciar. Un crédito para la vivienda asciende a 300 dólares. Se trata de cantidades pequeñas para quienes se dedican a los negocios. Pero se considera desde el punto de vista del impacto individual: prestar 500 millones de dólares al año significa que 3,7 millones de personas, el 96% de las cuales son mujeres, toman la decisión de que pueden hacer algo para cambiar su vida y la vida de sus familias; 3,7 millones de personas deciden que son capaces de cambiar las cosas; 3,7 millones de personas sobreviven a una noche en blanco para presentarse a la mañana siguiente, temblando pero resueltas, en una oficina del Grameen Bank. Su núcleo lo forman mujeres que, bien solas o en grupos sinérgicos regidos por normas, eligen convertirse en empresarias independientes que trabajan en su propia casa o en su barrio para alcanzar una posición económica próspera y viable.

Ahora, reflexiona: ¿cómo surgió el crédito? 

 R//:el crédito surge por la necesidad que tienen los individuos de adquirir dinero prestado para solucionar sus problemas de vida y que posteriormente es devuelto con intereses a quienes lo prestan.


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actividad # 1
  
1. que es el crédito?
  R//: 
El crédito es una operación financiera en la que se pone a disposición una cantidad de dinero hasta un limite especificado y durante un período de tiempo determinado. Es un préstamo de dinero que el Banco otorga a su cliente, con el compromiso de que en el futuro, el cliente devolverá dicho préstamo en forma gradual (mediante el pago de cuotas) o en un solo pago y con un interés adicional que compensa al Banco por todo el tiempo que no tuvo ese dinero (mediante el prepago).
En un crédito el cliente administra su dinero mediante la disposición o retirada del dinero y el ingreso o devolución del mismo, atendiendo a su necesidad en cada momento. De esta manera se puede cancelar una parte o la totalidad de la deuda cuando lo crean  conveniente, con la consiguiente deducción en el pago de intereses. Además, por permitir disponer de ese dinero se debe pagar a la entidad financiera unas comisiones, así como unos intereses de acuerdo a unas condiciones pactadas. En un crédito sólo se pagan intereses sobre el capital utilizado, el resto del dinero está a la disposición del cliente  pero sin que por ello tenga que pagar intereses. Llegado el plazo del vencimiento de el crédito se puede volver a negociar su renovación o ampliación.
El propósito del crédito es cubrir los gastos, corrientes o extraordinarios, en momentos puntuales de falta de liquidez. El crédito conlleva normalmente la apertura de una cuenta corriente. Se distinguen dos tipos de crédito: cuentas de crédito y tarjetas de créditoCuando el crédito es de consumo, éste permite disponer de una cantidad de dinero para la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios. Ahora bien, no cualquier persona puede tener acceso a un crédito bancario. Para ello debe cumplir con ciertos requisitos, siendo los principales contar con antecedentes comerciales y crediticios adecuados y demostrar ingresos actuales y posteriores que le permitan atender de manera adecuada la deuda que va a contraer.
Es bastante común utilizar los términos “crédito” y “préstamo” como si fueran lo mismo, pero lo cierto es que son bastantes las diferencias entre crédito y préstamo.
http://www.bancafacil.cl/bancafacil/servlet/Contenido?indice=1.2&idPublicacion=3000000000000027&idCategoria=5
http://www.todoprestamos.com/prestamos/credito/


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2. leyes que amparan al usuario de productos fiancieros 
R//: MARCO CONSTITUCIONAL 
• ARTICULO 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. 
• Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios.
• El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos. MARCO CONSTITUCIONAL 
• El programa de protección se determina a partir de la ley. Derechos de tercera generación, derechos colectivos o derechos “difusos”. Respeto a la dignidad y a sus intereses económicos
• Ejes principales: Calidad, transparencia, responsabilidad y participación ciudadana. 
• Protección a la relación de consumo. Cambio de Visión. PORQUE DEL REGIMEN PROTECTORIO 
• La protección parte de reconocer las asimetrías reales. Asimetrías económicas, educativas, de información, etc. 
• El grupo de consumidores es heterogéneo y poco cohesionado. La debilidad estructural da lugar al derecho protectorio de los consumidores. Ricardo Lorenzetti.
• El Derecho del consumidor es un aspecto mas de la protección al Individuo, de su necesidad. Sus normas son de orden publico. Se interpretan en la forma mas favorable al consumidor. 
• El acceso a la justicia. REGIMEN PROTECTORIO EN MATERIA FINANCIERA 
• En Colombia la relación de consumo en materia financiera ha tenido un manejo progresivo desde el punto de vista de la regulación y su sistema de aplicación por parte de las autoridades competentes. INTERVENCION DEL ESTADO EN EL SECTOR FINANCIERO
• Entre los objetivos de la intervención en el sector financiero contenidos en el E.O.S.F. (art. 46) se encuentra la concordancia con el interés publico y la tutela adecuada de los intereses de los usuarios de los servicios y preferentemente el de los ahorradores, depositantes, asegurados e inversionistas, además que las operaciones se realicen en condiciones de seguridad y transparencia. EVALUACION NORMATIVA 
• ART. 98 EOSF 
• Debida prestación del servicio y protección al consumidor. 
• -Debida Diligencia 
• -Prohibición de clausulas exorbitantes que afectaren el equilibrio del contrato o dieran lugar a un abuso de posición dominante.
 • Todo cambia con ley 1328 de 2009 y 1480 de 2011. LEY 1430 de 2010 y D.4809 de 2011 ROL DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA 
• Preservar la confianza pública y la estabilidad del sistema financiero. Función primigenia desde 1923
• Mantener la integridad, la eficiencia y la transparencia del mercado de valores y demás activos financieros.
• Velar por el respeto a los derechos de los consumidores financieros y la debida prestación del servicio. Ley 1328 de 2009 ENFOQUE PROTECTORIO
• ENFOQUE SISTEMICO
• Al preservarse el sistema financiero se protege al consumidor financiero en su propósito central de proteger el ahorro y la inversión.
• ENFOQUE INDIVIDUALISTA 
• Se protege al individuo en la relación de consumo. En su necesidad. En este aspecto hay un gran avance en la regulación. Acceso a la Justicia AVANCES EN PROTECCION 
• NUEVOS ESTATUTOS LEGALES
• NUEVAS ACCIONES. 
• REGULACIÓN DE CLAUSULAS ABUSIVAS Y PRACTICAS ABUSIVAS. Circular 039 de 2011
• REGULACIÓN DE LA INFORMACIÓN. Circular 038 de 2011.
• REGULACIÓN DE TARIFAS. D.4809 de 2011 NUEVOS ESTATUTOS 
• LEY 1328 DE 2009 
• Reforma Financiera que entre otros temas incluyó el Estatuto del Consumidor Financiero
• LEY 1480 DE 2011
• Estatuto del Consumidor
• Aplicación suplementaria PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA RELACION
• DEBIDA DILIGENCIA. Las entidades financieras deberán emplearla en la relación de consumo para la satisfacción de las necesidades del CF. 
• Super. F. podrá dar instrucciones en materia de seguridad y calidad en los canales. Circular 052. 
• LIBERTAD DE ELECCION. Negación de productos o servicios deberán ser por causas objetivas. PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA RELACIÓN 
• TRANSPARENCIA. Información cierta, suficiente, clara, oportuna, para conocer derechos obligaciones y costos.
 • RESPONSABILIDAD EN TRAMITE DE QUEJAS. Responder eficientemente e implementar acciones de mejoramiento. 
• MANEJO DE CONFLICTOS DE INTERES PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA RELACIÓN
• EDUCACION AL CONSUMIDOR FINANCIERO 
• “es el proceso mediante el cual los individuos adquieren una mejor comprensión de los conceptos y productos financieros y desarrollan las habilidades necesarias para tomar decisiones informadas, evaluar riesgos y oportunidades financieras, y mejorar su bienestar”. Fuente: OECD, DERECHOS DEL CONSUMIDOR FINANCIERO 
• Recibir productos y servicios con estándares de calidad y seguridad.
• Exigir la debida diligencia. 
• Recibir publicidad e información clara, veraz, oportuna y verificable. 
• Derecho a recibir protección por publicidad engañosa. 
• Recibir educación adecuada sobre productos y servicios DERECHOS DEL CONSUMIDOR FINANCIERO 
• Derecho a la reclamación. 
• Derecho a la protección contractual. 
• Derecho de elección 
• Derecho a la participación. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES 
• Contar con un SAC 
• Prestar el producto o servicio debidamente en las condiciones informadas, ofrecidas o pactadas. 
• No realizar conductas que conlleven a abusos contractuales o practicas abusivas 
• No hacer cobros no pactados o no informados previamente OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES 
• No cobrar gastos de cobranza sin actividad y sin previamente avisar. 
• Dar constancia de la relación. 
• No pedir información que ya tiene. 
• Controles idóneos para transacciones 
• Sitio en la WEB dedicado al CF con enlace directo a la SF. 
• Contratos legibles REGULACION DE TARIFAS 
• D. 4809 de 2011 Fijación, Difusión y publicidad de tarifas y Precios 
• PRINCIPIOS
• Libertad 
• Legalidad. Libre Competencia 
• Transparencia 
• Correspondencia. Prestación efectiva del Servicio 
• Estabilidad 
• Eficiencia de costos. REGULACIÓN DE TARIFAS 
• Operaciones fallidas no se cobran si no son imputables al consumidor financiero. 
• Aviso de tarifas en ATM 
• Favorabilidad de Tarifas por Internet no pueden ser superiores que en otros canales. 
• Estabilidad de Tarifas. Establecimientos de Crédito deben avisar mínimo con 45 días calendario. 
• Ventas atadas o en forma separada. PROHIBICIÓN DE CLAUSULAS ABUSIVAS 
• Directiva 93/13 de 1993 del Consejo de Comunidades Europeas. 
• Ley 1328 no contiene el concepto. Trajo lista negra. 
• Ley 1480 si tiene un concepto 
• Circular 039 de 2011 Superintendencia Financiera complementa lista. CLAUSULAS ABUSIVAS 
• Limitación o renuncia a derechos del CF 
• Inviertan la carga de la prueba 
• Cláusulas en blanco sin autorización detallada 
• Limite deberes del prestador 
• Exonere o limite responsabilidades del prestador. 
• Clausulas que permitan cobrar por servicios no prestados. 
• Obliguen a acudir a la justicia arbitral CLAUSULA ABUSIVA 
• Aquella regla o disposición contractual contenida en un contrato, reglamento o formulario de servicios o productos financieros, predeterminado por la entidad financiera, por medio de la cual, atentando contra la buena fe, se crea una situación de ventaja injustificada a favor de la entidad prestadora del servicio o que analizada en contexto y conjunto con las demás cláusulas o estipulaciones, afecta injustificadamente y en una magnitud importante al consumidor financiero o limita y afecta en el tiempo, modo o lugar el ejercicio de los derechos de dicho consumidor. PRACTICAS ABUSIVAS 
• Condicionamiento de adquisición de otros productos. 
• Iniciar o renovar servicios sin solicitud o autorización. 
• Inversión de carga de la prueba en fraudes. 
• Letras ilegibles en contratos 
• No suministrar copia de los contratos. 
• Cobrar sin autorización o aviso. REGULACIÓN DE LA INFORMACIÓN 
• Circular 038 de 2011 Superintendencia Financiera. 
• OBJETO: 
• Dotar al consumidor de elementos para la toma de decisiones. 
• Facilitar la comparación 
• Propender por el conocimiento de los derechos y obligaciones del CF. REGULACIÓN DE LA INFORMACIÓN 
• La información debe ser cierta, suficiente, clara, comprensible, oportuna, vigente y permanentemente disponible. 
• Información sobre productos y servicios en la WEB, con tarifas y contratos. 
• Regula el contenido mínimo de la información que debe dar el prestador del servicio. PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR 
• Quejas y Supervison ante Sup. Financiera 
• Quejas ante Defensor Consumidor Financiero 
• Acción de Protección al Consumidor ACCIONES DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR 
• 1. Las populares y de grupo reguladas en la Ley 472 de 1998. 
• 2.La de responsabilidad por producto defectuoso que se adelanta ante la jurisdicción ordinaria. No aplicaría a los servicios financieros en la medida de que los productos y servicios financieros no encajan en la definición de producto defectuoso, que trae la ley. ACCIONES 
• 3. La acción de protección al consumidor por: 
• a) Vulneración de los derechos del consumidor 
• b) Por violación directa de las normas sobre protección al C.

• c) Por la aplicación de las normas de protección contractual, 
• d) Para hacer efectiva una garantía; 
• e) Reparación de los daños causados a los bienes en la prestación de servicios contemplados en el artículo 19 ??? de la ley o por información o publicidad engañosa,. ACCIONES 
• Proceso Verbal sumario. Con apelación. 
• Efectos del concepto Consumidor. 
• Juez Competente la Superintendencia Financiera. 
• Coherencia con la regulación prudencial 


http://www.camaramedellin.com.co/site/Portals/0/Documentos/Biblioteca/memorias/proteccion-del-consumidor-financiero-4655.pdf



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actividad # 5  leyes financieras  NORMATIVIDAD APLICABLE La Constitución Nacional consagra, en su artículo 335, que la actividad fina...